Condiciones Generales de Fibra

CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO ARVETEL ADSL/FIBRA

 

1‐ Objeto
El Servicio ARVETEL ADSL/FIBRA consistirá en habilitar el servicio ADSL/FIBRA sobre su línea, que proporcionará al Cliente acceso a internet durante el tiempo y a la velocidad que el cliente haya contratado, mediante la elección de la opción correspondiente en el anverso del documento. El servicio ARVETEL Adsl supone que el tráfico de datos del cliente es cursado a través del Operador Beneficiario, que es el proveedor de este servicio elegido por ARVETEL previa solicitud al Operador de Acceso, para lo cual el cliente autoriza a ARVETEL con la firma del presente contrato para que este lleve a cabo en nombre del cliente todos los trámites necesarios ante el Operador de Acceso de la solicitud.


2‐ Procedimiento de Alta
2.1‐ El alta en el Servicio ARVETEL Adsl/Fibra exigirá el transcurso de un periodo de tiempo entre la solicitud del mismo y su activación efectiva, necesario para la ejecución de la solicitud por el Operador de acceso, y cuya ejecución dependerá del mismo y está fuera de toda responsabilidad de ARVETEL.
2.2‐ La tramitación de la solicitud de alta podrá ser denegada o aplazada por ARVETEL en cualquiera de los siguientes casos:
a) Causas de fuerza mayor.
b) Tipo de solicitud no permitida por el Operado de Acceso.
c) Incompatibilidad con servicios soportados en la línea que se quiere desagregar.
d) Ausencia de cobertura en el domicilio del cliente.
En caso de que el alta sea denegada por cualquiera de las anteriores causas, el cliente deberá devolver el equipamiento a que hace referencia la cláusula 2.4 de las presentes Condiciones Particulares, en las mismas condiciones en las que fue entregado. Una vez verificado este extremo, ARVETEL devolverá al cliente la cuota de alta estipulada en la cláusula 4.1 de las mismas. Si no devolviese el equipamiento, deberá abonar los costes de terminación de Servicio a que se refiere la cláusula 4.1 de estas condiciones Particulares.


3‐ Requisitos técnicos mínimos
El cliente ha de reunir una serie de requisitos mínimos, cuyo cumplimiento se considera condición esencial y necesaria para la prestación del Servicio ARVETEL Adsl/Fibra, en caso de que no concurra alguno de ellos, el Servicio no podrá ser prestado, debiendo el cliente devolver el quitamiento a que hace referencia el apartado 3.4 de estas condiciones, así como abonar la cuota de baja que se estipula en el apartado 4.1 de estas condiciones.
3.1‐ Equipo informático
‐Sistema Operativo: Windows 98 segunda edición, 2000, XP, Windows 7 y cualquier otro que ARVETEL comunique en un futuro.
‐Pentium 233 Mhz o superior.
‐32Mb de memoria RAM o superior.
‐Tarjeta Ethernet con Interfaz RJ‐45 o ranura tipo PCI para su instalación, o conexión USB o WIFI en función de lo requerido para cada modalidad de quitamiento de acceso.
3.2‐ Acceso Telefónico:
‐Tener contratada una línea telefónica fija analógica RTB.
‐Poseer una conexión con una central telefónica con servicio ADSL/FIBRA.
‐No existencia de incompatibilidades: tele tarificación mediante impulsos de 12Khz, hilo musical, líneas de backup, extensiones de centralita, servicio TRAC, servicio REDELTA, líneas de emergencia de línea de enlace o de centralitas Ibercom, teléfonos de uso público, líneas de enlace analógicas y grupos de salto, líneas pertenecientes a un Grupo Central, así como cualquier otro servicio que exista actualmente o que pueda existir en el futuro de cualquier operador de telecomunicaciones que fuera incompatible con el Servicio Adsl.
3.3‐ Requisitos de Instalación:
‐Un elemento de filtrado de señales que permita el uso compartido del bucle entre las comunicaciones telefónicas y el Acceso Adsl (MICROFILTRO O SPLITTER)
3.4‐ Equipamiento: ARVETEL entregará a la firma del contrato el equipamiento necesario para la prestación del Servicio ARVETEL
Adsl, en función de la modalidad contratada por el cliente. Como regla general, el equipamiento de acceso es autoinstalable y su puesta en funcionamiento correrá a cargo del cliente. La garantía cubrirá las faltas de conformidad del equipamiento ADSL respecto al tipo de servicio que se manifiestan en un plazo de dos años desde la entrega. En ningún caso la garantía cubrirá la falta de conformidad del quitamiento provocada por un mal uso o falta de obligación por parte del cliente. En ningún caso la garantía consistirá en la devolución del precio pagado por el cliente. No quedan incluidas en el ámbito de la garantía fallos de conexión por manipulación de cualquiera de los elementos del Equipamiento ADSL/FIBRA, sin seguir las instrucciones contenidas en el equipamiento.


4‐ Condiciones económicas y forma de pago
4.1‐ El cliente deberá abonar por la prestación del Servicio ARVETEL ADSL las siguientes cantidades:
a) Cuota de Alta: el valor de esta cuota vendrá determinada según la modalidad de servicio solicitada por el cliente, y será abonada en el momento de la firma del presente contrato.
b) Cuota fija Mensual: será la correspondiente a la concreta modalidad de servicio prestado, de conformidad con las tarifas vigentes en cada momento.
c) Costes de terminación del Servicio: se trata de unos costes administrativos a los que se sumara el valor de la promoción que el cliente haya contratado salvo que se disponga otra cosa en la promoción, en caso de cancelación o baja en el servicio antes del transcurso de 18 meses desde el alta del mismo, el cliente deberá abonar la cantidad de 180 euros. Dicha cantidad de girará al cobro con la última factura.
4.2‐ ARVETEL enviará al cliente una factura mensual por el importe correspondiente a la prestación del Servicio ARVETEL ADSL/FIBRA. Los pagos se harán efectivos el día de la fecha de la factura mediante recibo domiciliado en la cuenta que el cliente haya designado. La mensualidad del ADSL/FIBRA se cobra por anticipado al mes de prestación del servicio.
4.3‐ En caso de que el cliente se retrase en el pago de las cantidades correspondientes, estas se considerarán deuda vencida y exigida pudiendo ARVETEL emprender cuantas acciones estime oportunas para su cobro sin perjuicio de aplicar un interés de demora a un tipo equivalente al interés legal del dinero, incrementado en dos (2) puntos.


5‐ Prohibiciones.
Está terminantemente prohibido el uso del Servicio ARVETEL Adsl por parte del cliente para fines ilegales o no autorizados, que sean contrarios a un uso razonable del Servicio bajo el principio de buena fe y con respeto a la legalidad vigente, a la moral, al orden público, a las buenas costumbres y a los derechos de terceros.


6‐ Suspensión del servicio ARVETEL ADSL/FIBRA.
El servicio podrá ser suspendido por ARVETEL previo aviso al cliente con una antelación de 1 día hábil, en caso de retraso en el pago total o parcial por el cliente en un periodo superior a un mes desde la presentación al cobro del recibo correspondiente, sin haber constituido la garantía a que se refiere la cláusula 3 de las Condiciones Generales. La baja antes de 18 meses supone una penalización de 180 euros.


7‐ Responsabilidades
ARVETEL no será en ningún caso responsable, ni siquiera de forma indirecta o subsidiaria:
a) Por productos o Servicios prestados u ofertados por el Cliente o por terceras personas o entidades por medio del Servicio ARVETEL ADSL/FIBRA.
b) Por ningún contenido, información, comunicación, opinión o manifestación de cualquier tipo que tengan su origen en el cliente o en terceras personas o entidades y que se comuniquen, trasmitan o exhiban a través del Servicio ARVETEL ADSL/FIBRA.
c) Por la utilización por terceros y/o la ejecución voluntaria o involuntaria por el cliente de programas informáticos existentes en Internet que provoquen un cambio de configuración del acceso telefónico a redes propio del Servicio ARVETEL ADSL/FIBRA, provocando la conexión temporal o permanente a través de números de tarificación adicional como 803 y/o 806 y/o internacionales y/o de móviles, que implican un coste a pagar por el cliente.
d) Por la duración del periodo transcurrido hasta la activación electiva del Servicio ARVETEL ADSL/FIBRA.

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